lunes, 22 de junio de 2009

Efectos tributarios derivados de la adopción de las normas internacionales de la información financiera.

La aplicación de nuevas normas de contabilidad dada por la Federación del Colegio de Contadores Públicos de Venezuela, ha conllevado en cierto punto a distintas formas de cuantificación y forma de demostrar la información, ya que afectara de alguna manera las acciones de negocio.

En Venezuela, desde que en el año 1942 se promulgo la primera Ley de Impuesto Sobre la Renta (LISLR), la cual entra en vigencia el primero de enero de 1943, prescribía para los contribuyentes la obligación de "llevar en forma ordenada y ajustados a principios de contabilidad generalmente aceptados, los libros y registros que la misma Ley y su Reglamento y las demás leyes especiales Determinen ..." Es decir, desde sus inicios la norma tributaria ha remitido a los principios de contabilidad de aceptación general para que los contribuyentes lleven su contabilidad.

La aplicación obligatoria de las normas contables venezolanas (Ven PCGA) por parte de los contribuyentes, permite a la administración tributaria contar con registros documentados, sistemáticos, continuos, verificables y con criterios de permanencia en el tiempo, lo cual facilita el examen de los importes declarados para fines fiscales.

Los cambios que encontramos el mundo en razón de la internacionalización de la patrimonio, unidos a los requerimientos de información de las empresas en un mercado altamente competitivo, en el cual, la eficiencia es una variable fundamental del éxito, muestran de una u otra manera la situación que se encuentra en nuestro país.

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